Corte Constitucional tumbó el matrimonio infantil y las uniones tempranas

Esta fue una de las decisiones más importante en este 2025, debido a que la Corte Constitucional tumbó el matrimonio infantil y las uniones tempranas.

En este caso, el alto tribunal invalidó los artículos 117 y 124 del Código Civil, y condicionó la validez de otras normas, estableciendo de manera definitiva que la edad mínima para contraer matrimonio en Colombia es de 18 años.

La Corte argumentó que las disposiciones que permitían el matrimonio desde los 14 años vulneraban principios fundamentales, especialmente lo dispuesto en tratados internacionales como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (artículo 16.2), que prohíbe el matrimonio infantil, y la Convención sobre los Derechos del Niño, que define como menores a todas las personas bajo los 18 años.

Además, la Corte señaló que las uniones tempranas constituyen una práctica nociva que perpetúa estereotipos de género y afecta el desarrollo pleno de niñas y adolescentes, limitando su autonomía y participación en la sociedad.

En su fallo, la Corte Constitucional pidió a las autoridades nacionales y territoriales a diseñar políticas públicas para prevenir y erradicar el matrimonio infantil. Y por ello le ordenó a la Defensoría del Pueblo identificar las zonas del país con mayor incidencia de matrimonios y uniones tempranas.

Asimismo, se dispuso que se implementen campañas pedagógicas para difundir esta decisión y promover los derechos de niñas y adolescentes, involucrando especialmente a comunidades campesinas, étnicas y educativas.

Cortesía

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