La Sección de Reconocimiento de Verdad de la JEP hizo un pronunciamiento sobre la investigación que se adelanta en el caso 03 de la Jurisdicción, en relación a asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado, en otras palabras, falsos positivos.
Esto comunicó la JEP sobre esta decisión:
“En su más reciente decisión, la Sección de Reconocimiento de Verdad concluyó que hay correspondencia en el Subcaso Costa Caribe Batallón ‘La Popa’ del Caso 03, relacionado con asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado, e imputó dos nuevos delitos.
“Tras analizar los elementos de juicio y escuchar a las víctimas, los comparecientes, sus representantes y al Ministerio Público en el proceso judicial, la magistratura determinó que existe correspondencia entre los hechos, las conductas reconocidas, las pruebas, las calificaciones realizadas y los 12 máximos responsables identificados, quienes fueron postulados por la Sala de Reconocimiento de Verdad ante esta instancia del Tribunal Especial para la Paz para que se les imponga una sanción propia.
“Tras analizar los elementos de juicio y escuchar a las víctimas, los comparecientes, sus representantes y al Ministerio Público en el proceso judicial, la magistratura determinó que existe correspondencia entre los hechos, las conductas reconocidas, las pruebas, las calificaciones realizadas y los 12 máximos responsables identificados, quienes fueron postulados por la Sala de Reconocimiento de Verdad ante esta instancia del Tribunal Especial para la Paz para que se les imponga una sanción propia.
“Asimismo, la sección ha ordenado las siguientes medidas: (1) incluir a las víctimas en el Registro Único de Víctimas de la UARIV; (2) proteger un punto de interés forense en el cementerio Jardines del Ecce Homo de Valledupar, de donde fueron recuperados 282 cuerpos no identificados con el propósito de avanzar en la búsqueda de personas desaparecidas; (3) solicitar a la Registraduría Nacional una copia de las fotografías de las víctimas para entregarlas a sus seres queridos y satisfacer sus derechos a la reparación simbólica y preservación de la memoria; y (4) realizar la inscripción extemporánea del registro civil de defunción de las víctimas, entre otras.
Nuevas imputaciones y ajustes a los patrones
“En su decisión, la Sección de Reconocimiento de Verdad ajustó la calificación jurídica presentada por la Sala de Reconocimiento de Verdad e incluyó dos nuevos delitos en este subcaso: tortura y persecución. Esta modificación se basó en las mismas pruebas recopiladas en la investigación que realizó la sala.
Para la Sección de Reconocimiento de Verdad algunos de los comparecientes de la fuerza pública también son responsables de los crímenes internacionales de tortura y de persecución. ¿La razón? La magistratura verificó respecto del delito de tortura que en algunos de los asesinatos se causó intencionalmente dolor o sufrimientos graves, físicos o mentales.
“También se configuró el delito de persecución, dado que algunos de los asesinatos reconocidos por los comparecientes se cometieron con motivaciones étnicas, es decir, por pertenencia de las víctimas a los pueblos indígenas Kankuamo y Wiwa. Este crimen se enmarca en un contexto donde ciertos comparecientes ejercieron medidas de control social, como restricciones alimentarias, limitaciones arbitrarias de horarios y restricciones de tránsito y circulación para la población.
“Por otra parte, la sección ajustó y precisó el primer patrón macrocriminal: los asesinatos ocurrieron en el marco de una relación de connivencia entre los miembros de la fuerza pública y los grupos paramilitares que operaban en la zona. Este patrón se materializó en tres modalidades: 1) Las víctimas fueron entregadas vivas o muertas por los paramilitares a los miembros de la fuerza pública. 2) Las víctimas fueron asesinadas por integrantes del Batallón La Popa, luego de ser señaladas en algunos casos de pertenecer o auxiliar a la subversión y 3) Las víctimas procedentes de Pueblos Indígenas fueron estigmatizadas y señaladas de ser integrantes de grupos armados.
“Frente al segundo patrón, la sección evidenció que ocurrieron asesinatos de personas en situación de vulnerabilidad, tal y como lo describió la sala. En algunos casos, las víctimas fueron traídas de otras regiones con falsas promesas de trabajo o de negocios y, luego de su asesinato, fueron presentadas como muertes en combate. Mientras que la Sala de Reconocimiento señaló que este patrón implicó una “degradación” del fenómeno, la sección precisó que los dos patrones evidencian la degradación del conflicto armado y, en los dos, las actuaciones de los diversos actores generaron violencias sistemáticas y masivas en contra de la población civil”.