Lo condenaron a 30 años de cárcel por secuestrar y abusar sexualmente a su expareja, en Valledupar

El juez Quinto Penal del Circuito de Valledupar, Andrés Palencia Fajardo, condenó a 30 años dos meses y 12 días de cárcel a Alexander Rodríguez Bolaño por los delitos secuestro simple y acceso carnal violento agravado, cuya víctima fue su pareja sentimental.

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El caso ocurrió el 21 de abril de 2024 cuando Alexander Rodríguez llegó a la vivienda de su expareja, ubicada en la invasión Los Guasimales, en Valledupar, y mediante amenazas con un arma blanca y agresiones físicas obligó a la víctima a trasladarse al balneario Hurtado y luego la transportó hasta el corregimiento Mariangola, al sur de la capital del Cesar.

De acuerdo con el testimonio entregado por la víctima a la Fiscalía, el agresor la abusó sexualmente en dos ocasiones. Solo pudo escapar al día siguiente, aprovechando que Rodríguez se quedó dormido.

Una sentencia que tuvo perspectiva de género

La condena en contra de Alexander Rodríguez tiene una perspectiva de género, de acuerdo con los detalles que tuvo este caso y que fueron analizados por el Juzgado. Al respecto, el despacho explicó que “a pesar de que la víctima intentó matizar su declaración durante el juicio oral —manifestando que los encuentros sexuales habían sido ‘voluntarios’ por sentimientos de debilidad o amor—, el despacho judicial identificó que este comportamiento es propio del ‘síndrome de indefensión aprendida’”.

Para la condena, el juez Palencia tuvo en cuenta tres aspectos. Aquí, les contamos el argumento del togado.

“La voluntad estaba anulada: La aparente sumisión de la mujer no fue un acto de consentimiento, sino una estrategia de supervivencia ante un agresor que ya la había apuñalado en el pasado y por lo cual se le había iniciado un proceso penal por el delito de Tentativa de Feminicidio.


“Valoración de pruebas técnicas: El dictamen de Medicina Legal confirmó lesiones en el cuello y senos de la víctima, marcas que el juez calificó como señales de sometimiento incompatibles con un acto sexual consentido.


“Desigualdad estructural: El fallo subraya que la relación estaba marcada por una opresión sistemática, donde el agresor utilizaba la violencia como una herramienta normalizada de control”.


Post Author: Renier

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