La decisión fue tomada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca como medida cautelar mientras estudia una demanda que fue interpuesta con el objetivo que se anule el nombramiento de Juan Carlos Florián como ministro de la Igualdad, mediante decreto 0892 del 11 de agosto de 2025, por parte del presidente Gustavo Petro.
El demandante fue el estudiante de Derecho, Juan Manuel López, quien argumentó que al nombrarse a Florián como ministro disminuiría la representación de las mujeres en el Gobierno Nacional debajo del 50% (actualmente representan el 47,37 %).
“De acuerdo con los nombramientos en los 19 ministerios, el porcentaje de participación de las mujeres en los cargos de máximo nivel decisorio de los ministerios del sector central del orden nacional es del 47,4 % (9 de 19), mientras que el de los hombres es del 52,6 % (10 de 19). Para cumplir con la cuota de género del 50% exigida por la Ley 581 de 2000, modificada por la Ley 2424 de 2024, se necesitaría que al menos 10 de los 19 cargos fueran ocupados por mujeres”, dice el auto y que fue publicado por la WRadio.
Desde que se conoció el decreto de nombramiento se generó una polémica; al respecto, Juan Carlos Florián expresó que no había ningún inconveniente, porque él se identificaba con el género fluido (pueden identificarse con distintos géneros, como masculino y femenino) y también solicitó que fuera llamado ministra y no ministro.