En atención a las condiciones especiales de vulnerabilidad e indefensión de una familia campesina solicitante de tierras; víctima del conflicto armado en el municipio de Villanueva, en La Guajira, el Tribunal Superior de Cartagena se pronunció a su favor; reconociéndole el derecho constitucional a la restitución de su predio, el cual debió abandonar; a raíz de hechos violentos que debieron afrontar en esa jurisdicción del departamento Caribe.
Luego de 18 años de desplazamiento forzado, hoy la Unidad de Restitución de Tierras, entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural; representó a esta familia, lo que le permitió recuperar sus tierras, que fueron arrebatadas por los grupos armados ilegales en el año 2004.
El fallo también permitió que las víctimas pudieran recobrar, además de sus costumbres campesinas, 29 hectáreas con 1.824 metros cuadrados; que les serán de gran utilidad para desarrollar las labores del campo; con la implementación de un proyecto productivo que contará con su respectiva asistencia técnica, que, dicho sea de paso, facilitará identificar la vocación y uso del suelo.
Asimismo, la familia será favorecida con el alivio de las deudas que se generaron sobre el predio en los años que estuvieron desplazados; por lo que podrán sanearse financieramente. El jefe de este grupo familiar manifestó haber sido víctima de desplazamiento forzado; como consecuencia del conflicto armado y por hechos ocurridos concretamente en el municipio de Villanueva en el año 2004, cuando fue señalado de ser auxiliador de la guerrilla.
Las víctimas relatan que integrantes de grupos guerrilleros hurtaron un vehículo tipo camioneta de su propiedad, que posteriormente se encontró en estado de deterioro; en una zona conocida como los Magueyes. Este hecho generó malestar entre los grupos paramilitares, que, además de acusarlos de ser colaboradores de la guerrilla, comenzó a intimidarlos, a través de cartas y llamadas extorsivas, exigiéndoles, además, el pago de una cuota de dinero a cambio de brindarles seguridad.