Hermanos Uribe Noguera, declarados inocentes en caso del crimen de Yuliana Samboní

El juez 46 de conocimiento de Bogotá absolvió a los hermanos Francisco y Catalina Uribe Noguera, procesados por presuntamente haber encubierto el secuestro de Yuliana Samboní por parte de su hermano Rafael en la tarde del domingo 4 de diciembre de 2016.

En el sentido del fallo dado a conocer este viernes, el funcionario judicial manifestó que contrario a lo expresado por la Fiscalía General los hermanos no le ocultaron información a los agentes del Gaula de la Policía que buscaban afanosamente a la menor.

Concluyó que en todo momento estuvieron prestos a entregar información sobre sus movimientos y los intentos que estaban haciendo para contactar a su hermano Rafael.

Incluso ingresaron por la fuerza al edificio Equus 66 donde vivía su hermano e hicieron hasta lo imposible por entrar al apartamento 603 con el fin de verificar si él estaba ahí, esto debido a que no les había contestado sus llamadas y mensajes.

Después de poder ingresar al apartamento, hicieron una rápida verificación del apartamento para hallar algo inusual. Sin embargo, lo único que encontraron fue aceite de cocina regado por el baño y el cuarto principal, situación que era común en su hermano Rafael.

El juez le dio absoluta validez a los testimonios de los hermanos quienes señalaron que no encontraron rastros de la menor. Igualmente, tras ser enfrentado Rafael Uribe aseguró que la niña se había “botado” de la camioneta y emprendido la huida por la Avenida Circunvalar.

Durante el juicio declaró desde la cárcel de La Tramacúa de Valledupar Rafael Uribe Nogueraquien se encuentra cumpliendo una condena de 58 años de prisión por su responsabilidad en los delitos de feminicidio agravado, secuestro y acceso carnal abusivo.

El arquitecto de profesión aseguró que él escondió el cuerpo de la menor en el jacuzzi del baño principal. Debido a una estructura que él mismo creó era difícil el acceso al mismo y verificar lo que estaban en ese lugar.

En este sentido se advirtió que no se presentaron elementos materiales probatorios para inferir que los procesados intentaron favorecer el secuestro de la menor de edad.

Igualmente se advierte que frente al delito de ocultamiento, alteración o destrucción de material probatorio simplemente no se presentaron elementos para concluir que existió una conducta ilegal por parte de los procesados.

Cortesía RCN Radio

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