Corte Constitucional asegura que Omar Contreras no estaba inhabilitado

Por medio de la Sentencia SU-556/19, la Corte Constitucional decidió dejar sin efectos la sentencia del 19 de julio de 2019 proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado dentro del proceso de nulidad de la elección de Omar Contreras como contralor municipal de Valledupar y confirmar la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Cesar el 21 de septiembre del 2017 en el que se señaló que Contreras no se encontraba inhabilitado.

“El accionante alegó que con esa decisión judicial la Sección Quinta vulneró sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y a elegir y ser elegido, por cuanto se basó en el supuesto de que se encontraba inhabilitado para ser elegido Contralor Municipal por haber ocupado, dentro del año anterior, un cargo en el nivel ejecutivo en una entidad del orden departamental, no obstante que, si bien, dentro de dicho término, ocupó el cargo de Defensor Regional del Pueblo en el Departamento del Cesar, el mismo no pertenece al orden departamental”, dice parte de los hechos.

Así las cosas, Omar Contreras, podría volver a su cargo de contralor municipal que por ahora tiene Edwin Girón tras designación.

Además, esta decisión le deja una puerta abierta a los concejales de Valledupar que fueron destituidos e inhabilitados, para demandar y pedir eliminar esa sanción.

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