Las razones por las que el Juzgado Quinto Penal condenó a exalcalde Tuto Uhía

Este martes, en audiencia virtual, el Juez Quinto Penal del Circuito de Valledupar, Andrés Palencia, emitió sentido de fallo condenatorio contra el exalcalde de Valledupar, Augusto Daniel Ramírez Uhía, por el delito de corrupción al sufragante, tras ofrecer ‘dádivas’ a cambio de votos a habitantes de varias invasiones en la capital del Cesar, en hechos ocurridos en el 2011. (Lea también Cayeron Los Buguis: presuntamente usaban a menores para traficar droga)

En la diligencia, el togado dejó argumentó que “en efecto, el compromiso penal del señor Augusto Ramírez resultaba más que probado, en desarrollo a la campaña política que se realizó en 2011 por la Alcaldía de Valledupar y en la que este aspiraba a quedarse en dicho cargo, entró en contacto con personas vulnerables, aptas para el ejercicio del sufragio para suscribir un acuerdo, a juicio de este despacho, netamente ilegal, en la cual pretendía mantenerlos en las invasiones dónde estaban a cambio de sus votos”.

Las razones fácticas y jurídicas del despacho:

De acuerdo con el juez Andrés Palencia, quedaron definidas algunas razones de su decisión, que explicó de la siguiente manera:

  1. Quedaron plenamente demostradas las promesas de dádivas que el acusado le hizo a los líderes de las invasiones conocidas como Tierra Prometida, Altos de Pimienta, Bello horizonte Dos y Guasimales de la ciudad de Valledupar.
  2.  Se acreditó que las promesas fueron vertidas en documentos que el acusado firmó libremente, y uno de los cuales incluso, lo ratificó ante una notaría de la ciudad de Valledupar.
  3. Las promesas que se hicieron a los invasores se tornaban ilegales, a juicio de este despacho, entrañaban una serie de obligaciones dirigidas a mantener la situación irregular en que se encontraban los habitantes de los predios ocupados, desconociendo que las órdenes emitidas por la Corte Constitucional en la T946-2011. Se concluyó que a los invasores no se les podía permitir mantenerse en dichos lugares y mucho menos se les podía ofrecer que de llegar a convertirse en burgomaestres de la ciudad de Valledupar se les iba a mantener allí.
  4. Las promesas hechas sin duda alguna condicionaron su derecho al sufragio. Con su actuar, el procesado actuó con plena conciencia prevalido de su experiencia político y conocimientos jurídicos por ostentar la profesión de abogado. (Le puede interesar: Mello Castro toma decisión ante descontrol en el balneario Hurtado )

Así mismo, el Juez confirmó que se aparta del fallo absolutorio que sí obtuvo en última instancia el Gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo, debido a que “dicha decisión no tiene el carácter de precedente con fuerza normativa, básicamente porque en ella no se logró identificar algún parámetro interpretativo que indique la necesidad de tenerla como referente en la solución de determinados asuntos”.

El alcalde Augusto Ramírez Uhía continuará en libertad hasta que haya un fallo en firme. La continuación del trámite, es decir, la lectura de fallo en la que se conocerá la pena definitiva y sí hay medida de aseguramiento, se realizará el próximo 2 de febrero de 2021 a partir de las 8:00 de la mañana.

Es de anotar, que el exalcalde tiene la opción de apelar la decisión tomada en primera instancia por dicho juez. (Lea también Murió el Ministro de Defensa)

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