La Corte Constitucional ordenó el reintegro de tres pilotos de Avianca que fueron despedidos tras la huelga de pilotos sindicalizados que se registró por más de 40 días en el 2017.
La decisión que se dio con una votación de 7 a favor y 2 en contra se dio tras estudiar la tutela impuesta por los pilotos de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac), contra el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social y Avianca.
Durante la discusión se centraron en definir las actuaciones durante el debido proceso y las actuaciones disciplinarias que se llevaron que cabo para la terminación del contrato.
La Corte determinó que se violó el debido proceso en el despido de los pilotos Juan Diego Gallo, Elizabeth Escobar y Jamie de Jesús Garzón al no permitir controvertir las pruebas en el proceso disciplinario antes de su despido.
Además, señaló que, en el caso de Garzón, la empresa concedió de manera unilateral, es decir sin que él lo pidiera, un permiso sindical y que luego lo llamo al curso que regularmente hacen los pilotos para seguir activos, pero no lo dejó presentarse precisamente por estar en ese permiso.
La Corte señaló que Avianca tiene 10 días para ubicar a los pilotos en el mismo o un mejor cargo si ellos así lo quieren. Es decir, los pilotos son los que deberían decidir si quieren volver a su cargo.
Frente al proceso disciplinario que seguía Avianca, señaló que pude volver a adelantarlo, pero “con la plena garantía del debido proceso”. Además manifestó que el Ministerio de Trabajo debe acompañar ese proceso si se vuelve a adelantar.
Hay que aclarar que la Corte Constitucional no se pronunció sobre si la huelga que se dio en 2017 fue legal o no. Frente a ese punto hay una decisión de la Corte Suprema que declaró esa huelga ilegal.
La Corte Constitucional tampoco se pronunció sobre las afectaciones económicas y laborales de los tres pilotos. Señaló que, en caso de pedir indemnizaciones o cualquier otro tipo de recurso, este deberá adelantarse ante otra instancia judicial.
Cortesía Caracol Radio